Zaragoza también actualiza su normativa de mascotas

Zaragoza también actualiza su normativa de mascotas

Si hace unas semanas, os contábamos que las ciudades de Palma y Las Palmas de Gran Canaria habían actualizado su normativa de mascotas; esta semana ha llegado el turno de la capital aragonesa. La ciudad de Zaragoza también actualiza su normativa de mascotas, que ha sido aprobada por todos los grupos municipales excepto CHA, que optó por la abstención.

Qué recoge la nueva normativa de mascotas de Zaragoza

La principal novedad que recoge la recién aprobada Ordenanza de Protección Animal de Zaragoza es el censo canino. La nueva normativa de mascotas obliga a registrar el ADN de todos los perros de la ciudad. Dicho registro deberá realizarse en el veterinario, bien en el momento de la puesta del microchip, bien en la siguiente visita anual del animal a este profesional y correrá a cuenta del propietario del perro.

El nuevo censo canino de Zaragoza permitirá, de ser necesario, localizar más fácilmente a las mascotas extraviadas (toda sustracción o pérdida debe ser notificada en un plazo de 48 horas), además de combatir los casos de violencia o abandono.

Otra posible aplicación sería la de sancionar a aquellos propietarios cuyos perros hagan sus necesidades en la vía pública. En todo caso, aún se desconoce si esta funcionalidad se llevará a cabo o no, puesto que la decisión correspondería a la próxima corporación municipal. Esto es así, puesto que el registro o censo canino no estará completo hasta dentro de un año (una vez se haya completado el ciclo de revisiones anuales en las que sería obligatorio realizar la extracción de sangre necesaria para ello).

El sistema, que ya está en marcha en otros municipios del entorno, contará además con ayudas para aquellas personas con pocos recursos así como para asociaciones y protectoras, a fin de ayudarles a afrontar el coste económico del análisis de ADN.

Otras novedades de la normativa de mascotas de Zaragoza

Además del censo canino, la nueva normativa de mascotas de Zaragoza recoge también otras novedades como la ampliación de los horarios de suelta de mascotas en espacios públicos de más de 1.000 metros cuadrados (fundamentalmente, parques) y la regulación de las sanciones por orinar en paredes y portales de viviendas.

Respecto a los horarios de suelta de mascotas en los parques de Zaragoza, éstos pasan a comprender de las 21.00 a las 10.00 horas en verano, y de las 20.00 a las 10.00 horas en invierno.

En lo relativo a las multas por orinar en el mobiliario urbano, ha habido un cambio de postura entre la normativa aprobada esta semana y la propuesta preliminar. Finalmente, dado que existen numerosas zonas sin arbolado ni zonas de tierra en las que los animales puedan llevar a cabo sus necesidades, finalmente no se sancionará a los dueños de las mascotas que orinen sobre mobiliario urbano, pero sí deberá priorizarse que se haga sobre farolas y papeleras. En todo caso, sí se mantienen las sanciones por orinar sobre paredes y portales de viviendas.

Otra novedad que recoge la actualizada normativa de mascotas de Zaragoza es la prohibición expresa de cualquier espectáculo o circo con animales, ya sean éstos domésticos o salvajes. De dicha prohibición solo quedan excluidas las competiciones sin lucro económico.

Otros aspectos recogidos en la normativa de mascotas de Zaragoza

La normativa de mascotas de Zaragoza recoge también otros aspectos como la prohibición de que los animales de compañía suban al ascensor coincidiendo con otras personas, en caso de que éstas así lo exigieran; la necesidad de valorar la conveniencia de realizar campañas divulgativas sobre la esterilización de perros y gatos; la prohibición de que (a excepción de los perros guía) las mascotas viajen en transporte público; así como la prohibición de éstas en locales de espectáculos, piscinas públicas, kioscos o bares, entre otros establecimientos.

Del mismo modo, cuando estén en la vía pública, los perros y gatos deberán llevar correa o cadena con collar, identificación censal y, si así lo requiriera “por peligrosidad razonablemente previsible”, bozal. Éste último podrá ser requerido también puntualmente por razones sanitarias.

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