¿Cuántos animales de compañía puedo tener en casa?

¿Cuántos animales de compañía puedo tener en casa?

Parece una pregunta trampa. ¿Acaso el número de animales de compañía que puedo tener en casa se puede limitar por ley? La respuesta es sí.

Es cierto que en España no existe una ley a nivel estatal que regule la protección animal y, por tanto, aspectos como el número de animales de compañía permitidos en cada vivienda. La competencia de estos aspectos es autonómica, es decir, corresponde a cada Comunidad Autónoma el regular la protección y tenencia de animales de compañía.

¿Han limitado las comunidades autónomas el número de animales de compañía?

No, en realidad ninguna de las comunidades autónomas españolas ha especificado un número máximo de animales de compañía por vivienda. En general, la normativa autonómica únicamente habla de la necesidad de que se cumplan unos requerimientos suficientes a nivel higiénico y sanitario que garanticen unas condiciones adecuadas para cada animal de compañía.

La normativa que realmente limita el número de animales de compañía suele llegar a nivel municipal, a través de las ordenanzas de los diferentes municipios. Es aquí donde sí encontramos varios ejemplos que ponen un límite a la cantidad de peludos que podemos tener en una misma vivienda.

No os asustéis todavía. En realidad, la mayor parte de las ordenanzas municipales sobre tenencia y/o protección animal no establecen limitaciones concretas, sino que continúan la línea general iniciada por las legislaciones autonómicas en cuanto a condiciones sanitarias y de higiene.

Animales de compañía en una vivienda particular
Existen limitaciones al número de animales de compañía en una vivienda particular

Limitaciones del número de animales de compañía en algunas ciudades

Hablemos de casos concretos. En Madrid, por ejemplo, el número de gatos y/o perros que pueden tenerse como máximo en un domicilio particular es de cinco. El mismo número que recoge la nueva ordenanza municipal que Almería aprobó en octubre del año pasado y que también refleja la obligación de “mantener a los animales sueltos, sin ataduras, al menos ocho horas diarias o, en su defecto y bajo causas justificadas, con una atadura no inferior a tres metros”.

En el caso de Toledo y Guadalajara, el número máximo de animales de compañía también queda establecido en cinco en sus correspondientes ordenanzas. Sin embargo, en estos dos casos, si bien el número total máximo de gatos y perros es de cinco, también se especifica que no puede “pasar de tres el número de perros”.

En el caso de Mérida, la ordenanza especifica que en viviendas urbanas “no podrán mantenerse más de cinco animales de compañía de las especies felina y/o canina y/u otros micromamíferos simultáneamente, excepto si se justifica por medio de documento consensuado con sus vecinas/os y presentado ante la concejalía competente en materia de salud”.

En el caso de Salamanca, el máximo es de tres perros o tres gatos adultos o de 10 aves en viviendas urbanas. La ciudad de Murcia también establece un máximo de tres perros o gatos en casa urbana, si bien lo incrementan hasta cinco en caso para los animales de compañía residentes en inmuebles rurales.

Ávila es otra ciudad que establece diferentes límites según el tipo de inmueble. Así, establece un máximo de tres animales de compañía para los casos de obras y/o locales; pero deja sin marcar límite general para viviendas y otros inmuebles.

La última ciudad en establecer una ordenanza respecto a la tenencia de animales de compañía es Granada que, en octubre de este año 2018, aprobó una ordenanza que establece que el número de estos en una vivienda no podrá superar los tres “salvo que la misma reúna las condiciones necesarias para albergarlos, según indicará un informe de los servicios veterinarios municipales, a petición de parte o denuncia”.

Esta excepción que queda expresamente regulada en la ordenanza de Granada, así como la que especifica la normativa de Mérida, no es la única. En general, y aunque no quede expresamente recogido en la ordenanza municipal correspondiente, en ocasiones es posible obtener una autorización especial de las autoridades competentes en cada caso que nos permita acoger un mayor número de animales de compañía que los que están permitidos por ley de forma explícita.

En pleno proceso de regulación está también la ciudad de Girona que recientemente anunció que una nueva ordenanza regulará el número y la tipología de los animales de compañía que pueden convivir en una vivienda.

En resumen, vivas donde vivas, si tienes uno o varios animales de compañía o vas a comprar o adoptar alguno, ten en cuenta que el primer paso ha de ser siempre estar al día de la normativa.

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